Última revisión: 26/11/2023
Formatos disponibles: Word y PDF
Tamaño: 10 a 16 páginas
Valoración: 5 - 1 voto
Completar el modeloEmpezá haciendo clic en "Completar el modelo".
Contestá algunas preguntas y tu documento tipo se creará automáticamente.
¡Tu documento ya está listo! Lo recibirás en los formatos Word y PDF. Lo podrás modificar.
Este Convenio de Responsabilidad Parental puede ser utilizado por los progenitores de uno o más hijos menores de 18 años de edad (ya sean biológicos o adoptivos) cuando los progenitores voluntariamente dejan de convivir (por separación, divorcio o anulación de su matrimonio) para acordar quién de ellos ejercerá la responsabilidad parental sobre cada hijo menor de edad. Este documento cumple los requisitos del Código Civil y Comercial de la Nación exclusivamente.
Responsabilidad Parental
La responsabilidad parental es el conjunto de deberes y derechos de los progenitores sobre la persona y bienes de cada hijo para su protección, desarrollo y formación integral mientras tenga menos de 18 años de edad y no se emancipe por matrimonio civil autorizado por los progenitores o un juez civil.
Principios
La responsabilidad parental se rige por los siguientes principios:
La ley reglamenta la titularidad y el ejercicio de la responsabilidad parental, el cuidado personal del hijo por los progenitores y la guarda otorgada por un juez civil a una persona distinta de los progenitores.
Titularidad
El ejercicio de la responsabilidad parental corresponde:
Tanto cuando los progenitores dejaron de convivir, se divorciaron o su matrimonio fue anulado como cuando el vínculo parental se estableció por declaración judicial, la ley permite que los progenitores acuerden que el ejercicio de la responsabilidad parental se atribuya a uno solo de ellos teniendo en cuenta el interés superior del menor y las circunstancias.
¿Cómo Utilizar este Documento?
Este Convenio de Responsabilidad Parental puede ser utilizado por los progenitores de uno o más hijos menores de 18 años de edad (ya sean biológicos o adoptivos) cuando los progenitores voluntariamente dejan de convivir (por separación, divorcio o anulación de su matrimonio) para acordar quién de los progenitores ejercerá la responsabilidad parental sobre cada hijo/a menor.
El convenio permite atribuir el ejercicio de la responsabilidad parental a uno de los progenitores y establecer un régimen de visitas amplio a favor del otro progenitor que dejará de ejercerla según el convenio.
El convenio puede tener vigencia por un plazo de tiempo determinado o por tiempo indeterminado hasta la mayoría de edad (18 años cumplidos) del menor o su emancipación por matrimonio civil autorizado por los progenitores o un juez civil a partir de los 16 años de edad.
Para completar este documento es necesario contar con ciertos datos de los progenitores y cada menor (nombre completo y apellido, fecha de nacimiento, nacionalidad y domicilio) y definir las características del régimen de visitas teniendo en cuenta los eventos más importantes en la vida de cada menor, tales como:
Una vez finalizado este Convenio de Responsabilidad Parental sin datos ni información en blanco, debe ser impreso en papel común en 2 copias originales. Luego todas las copias originales deben ser firmadas con firma manuscrita por ambos progenitores. Si bien no es obligatorio por ley, es práctica generalizada que todas las firmas sean certificadas por un escribano público. Alternativamente, podría ser mantenido en su versión electrónica y firmado con firma digital (pero no simplemente firma electrónica).
Legislación Aplicable
Este Convenio de Responsabilidad Parental se rige por las disposiciones del Libro Segundo, Título VII, Capítulo 2, artículo 641 del Código Civil y Comercial de la Nación.
¿Cómo modificar el modelo?
Completás un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.
Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Podés modificarlo y volver a utilizarlo.
Guías para ayudarte
Nombres alternativos para este documento: Convenio de Responsabilidad Parental Código Civil y Comercial, Acuerdo de Delegación del Ejercicio de Responsabilidad Parental Código Civil y Comercial, Acuerdo de Ejercicio de Responsabilidad Parental Código Civil y Comercial, Acuerdo de Régimen de Visitas Código Civil y Comercial, Acuerdo de Responsabilidad Parental Código Civil y Comercial
País: Argentina