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Contrato de compraventa de bienes muebles

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Última revisión 03/10/2023
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Contrato de compraventa de bienes muebles

El contrato de compraventa de bienes muebles, o contrato de transferencia de dominio de bienes muebles, es un contrato por el cual un vendedor se obliga a transferir la propiedad de un objeto (en este caso un bien mueble, es decir, las cosas que se pueden mover, no adheridas al piso) a cambio de una cantidad de dinero específica (el precio) que debe pagar el comprador.

Con este documento se pueden hacer ventas de todo tipo de bienes muebles, en cualquier cantidad, y con más de un comprador y vendedor si fuera necesario. Con todo, para la venta de autos, se recomienda usar el Contrato de Compraventa de Vehículo. Similarmente, para la venta de derechos hereditarios, está disponible el Contrato de Cesión de Derechos Hereditarios. Si quisiera venderse una casa o departamento, hay que utilizar un Contrato de Compraventa de Inmuebles.


¿Cómo utilizar este documento?

El documento puede ser utilizado en todas aquellas ventas que se realicen entre particulares, ya sea que se trate de personas naturales (individuos) o personas jurídicas (empresas, instituciones, sociedades, etc.), siempre que la venta sea sobre bienes muebles, sean nuevos o usados. El contrato contiene, entre otras, las siguientes opciones para personalizarse:

  • Venta de uno o varios objetos
  • Precio a pagarse, y si será en cuotas
  • Forma de pago
  • Condiciones o plazos (que permite sujetar la realización de la compraventa a que llegué una fecha, o que ocurra algo)
  • Las garantías que se dan sobre el objeto vendido (como responder por los desperfectos del objeto vendido, o defender al comprador si un tercero reclama ser el verdadero dueño del objeto)
  • El momento y manera de la entrega del objeto
  • La posibilidad de revertirse la venta (el vendedor puede revertir la venta dentro de un determinado plazo, sea devolviendo el dinero pagado como precio, o pagan otra suma)
  • Formalidades necesarias, como firmarse ante notario
  • Sanciones en caso de incumplimiento

Una vez acordadas las condiciones de la venta, para dar validez al contrato, será suficiente hacer tantas copias como partes participen en el acuerdo y que cada una firme todas las copias.

Con todo, si se decidió otorgar el contrato como escritura pública (es decir, un documento de carácter auténtico, autorizado y registrado por un notario), se deberá imprimir al menos una copia por parte, más otras adicionales para el registro del notario. Cada parte deberá ir al notario a firmar el contrato. Si es que este contrato es firmado por representantes de la vendedora y/o compradora, se debe presentar ante el mismo notario el o los documentos en que conste el poder que se tiene para actuar en su nombre. Si se eligió que fuera con firma autorizada, cada parte deberá ir al notario a identificarse y confirmar su firma. En cualquiera de estos casos, puede ser útil consultar en la Notaría Pública sobre la posibilidad de enviar por algún medio electrónico el contenido del contrato para su revisión previa.

Por último, si se selecciona que las partes firmen con Firma Electrónica Avanzada, cada una deberá hacer eso mediante uno de los proveedores autorizados de aquel servicio.


Derecho aplicable

El derecho aplicable proviene principalmente del Código Civil, y sus normas relativas al contrato de compraventa. Aplican también las normas generales sobre contratos y obligaciones contenidas en la misma ley. Respecto de la firma electrónica avanzada y sus prestadores autorizados, es relevante la ley 19.799.


¿Cómo modificar el modelo?

Completas un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

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